CAPACITACIONES

Destacan que el nuevo Código Procesal Civil está cimentado en principios que provocarán una disminución en los plazos de los procesos

El nuevo Código Procesal Civil y Comercial de Tucumán generará un profundo cambio en el paradigma en la Justicia Civil de la provincia: cimentado en principios que apuntan a un mejor acceso a una tutela judicial efectiva en un plazo razonable, estará basado en la oralidad, el contacto directo entre los jueces y juezas y las partes y en el expediente digital. Ante su inminente entrada en vigencia, dispuesta para el 1° de noviembre, el Centro de Capacitación y Especialización Judicial (CECJ) lanzó el "Programa de Actualización en el nuevo Código Procesal Civil y Comercial de Tucumán", dirigido por la Sra. Vocal, Dra. Claudia Sbdar.

Los Dres. Álvaro Pérez Ragone y Abel Lafuente, miembros de la comisión redactora del proyecto del nuevo Código, dictaron sendos seminarios en el marco del programa. En ellos, coincidieron en analizar los 16 principios que se encuentran en un Título Preliminar al inicio del Código y de qué manera destacarlos como la base en el cambio cultural que se dará en el servicio de justicia. "Casi ningún Código Procesal tiene un título preliminar que incluya esto. Es importante porque cada vez que se tenga una duda acerca de la interpretación de una cláusula o de un artículo, se deberá recurrir a los principios. El Código debe ser interpretado y ejecutado en función de ellos", afirmó el Dr. Lafuente.

Tutela judicial efectiva con plazos razonables

En su disertación, "Proceso general. Oralidad de las audiencias", el Dr. Lafuente -titular del Juzgado en lo Civil y Comercial de la VIª Nominación del Centro Judicial Capital- hizo hincapié en que la mayoría de los principios en los que se basa el nuevo Código Procesal Civil y Comercial apuntan a reducir los plazos en los procesos. "Si todos los principios dicen que hay que lograr la más pronta y eficiente administración de justicia, buscar la mayor economía en la realización del proceso, llegar en tiempo razonable a la decisión, que los jueces debemos evitar el fraude procesal y cualquier otra conducta ilícita o dilatoria, no resulta difícil entender hacia dónde nos orientan los principios. Una tutela jurisdiccional no puede ser efectiva si tarda seis años en llegar", aseveró el magistrado.

El Dr. Lafuente desarrolló las distintas modificaciones que se materializarán en cada etapa de los juicios civiles a partir de la implementación del nuevo marco normativo. Y se detuvo especialmente en los cambios que tendrá la etapa probatoria, que estará atravesada por la oralidad. "El nuevo Código tiene como columna vertebral la realización de dos audiencias orales en la etapa probatoria. En la primera se fija la fecha para la segunda, que no puede ser realizada más allá de 90 días hábiles después. Por esto, la etapa probatoria va a tener una duración máxima de 90 días, mientras que con el Código procesal vigente duraba en promedio dos años", ponderó. Recordó además que el 1° de octubre se cumplen cuatro años de la implementación de la oralidad por acordada en el fuero, y que en esa experiencia se comprobó que es factible la mencionada reducción de plazos en los procesos.

Finalmente, enumeró las principales ventajas que tendrá el nuevo marco procesal en la Justicia Civil: "le pone rostro humano al servicio de justicia a través de la inmediación que ahora realizamos los jueces. Aumenta la calidad de las decisiones jurisdiccionales, reduce ostensiblemente la duración de los juicios e incorpora de manera eficiente las tecnologías de la información y de la comunicación en los procesos. La oralidad dinamiza el proceso, y esto quedó probado luego de cuatro años de implementación de la oralidad sin cambios procesales".

Un profundo cambio cultural y de paradigmas

"Los principios en los que se funda el nuevo Código implican un profundo cambio cultural y de paradigmas, de manejo, acceso, respeto y legitimidad de la Justicia Civil en la provincia. Son el cimiento de la nueva Justicia Civil de Tucumán", destacó, en su conferencia "NCPyC de Tucumán: principios procesales. Aspectos generales del proceso ordinario", el Dr. Pérez Ragone. El letrado, magister y doctor en Derecho por la Universidad de Colonia, profesor titular de Derecho Procesal Civil en la Universidad de San Pablo-T y miembro de la Asociación Internacional de Derecho Procesal, abrió con su seminario el ciclo organizado por el CECJ. Además de explicar cada uno de los postulados que abren el nuevo Código Procesal, los aplicó en distintos institutos y momentos del proceso.

"En un primer lugar están los de mayor jerarquía, los convencionales y constitucionales. El primero de todos es el acceso a una tutela judicial efectiva. Este parte de la imposición de una duración razonable de los procesos. Otro elemento importante es el debido acceso y tránsito por la Justicia de los vulnerables", indicó el conferencista, quien también destacó otros fundamentos como la obligación de brindar una efectiva oportunidad a las partes para ser oídas, contradecir a la contraparte o contradecir incluso al juez; la necesidad de evitar el excesivo rigorismo formal en el trámite de los juicios; y la publicidad y transparencia de los procesos. "Se incluyen además los marcos básicos de los procesos por audiencias: en las audiencias están la oralidad; la inmediación, que es el contacto directo del juez con las partes y las pruebas; y la celeridad y concentración, que es tratar de incluir en esos actos la mayor cantidad de diligencias posibles. Uno de los cambios radicales es que las partes tienen que estar presentes en las audiencias, salvo que haya justificación extrema. Esto es importantísimo, porque las partes le ven el rostro a quien va a decidir, y el juez le ve el rostro a las partes", agregó.

Los cambios en el proceso civil generarán, además, un fortalecimiento en la imagen del juez de primera instancia, consideró el Dr. Pérez Ragone. "Viendo cómo se planifica y estructura esta relación inmediata con las partes y las pruebas, se produce un fortalecimiento en la decisión en primera instancia. El rol determinante en los procesos por audiencias lo determina el trabajo duro que realizaron el juez y las partes en esa instancia. Y el marco mismo procedimental garantiza la calidad de la decisión, la credibilidad de los magistrados", concluyó.

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