JUICIOS

Fuero Laboral | La Justicia condenó a una empresa por despido injustificado y le ordenó pedir disculpas por escrito al trabajador

La oficina de Gestión Asociada del Trabajo N°2, a cargo del magistrado Dr. Carlos Frascarolo, dictó sentencia en un proceso de despido injustificado, determinando que la causal de robo que había invocado la empresa no pudo ser probada. El fallo, alineado con los principios de la justicia restaurativa y la protección de la dignidad humana, determinó que la empresa que había despedido al trabajador no solo deberá abonar una indemnización de más de 18 millones de pesos, sino también redactar por escrito una disculpa formal al trabajador respecto de la acusación de robo que el empleador había realizado en su contra para despedirlo.

Los hechos detallados en el proceso se originan en la desvinculación de un hombre de su trabajo como operario en una estación de servicio. La empresa adujo que el despido directo se debía a que el trabajador había utilizado los datos de la tarjeta de crédito de un cliente para realizar compras personales por internet. El trabajador rechazó esta acusación e inició las acciones legales correspondientes.

En el análisis de las pruebas aportadas, el Dr. Frascarolo remarcó que la carga de la justificación de los hechos recaía sobre el empleador que había realizado la acusación y en este caso, no pudo aportar ninguna prueba que demostrara que se había realizado alguna maniobra irregular por parte del trabajador. Asimismo, se advirtió que el despido fue comunicado de manera deficiente, vulnerando el derecho de defensa del operario.

El magistrado enfatizó que imputar un delito penal no probado, como es el robo de datos en este caso, constituye una calumnia e injuria que lesionó severamente el prestigio, la reputación y la empleabilidad del trabajador. De esta manera, además de condenar a la empresa al pago de las indemnizaciones correspondientes por el despido sin causa y los salarios adeudados, se estableció que se remita una carta documento de retractación y disculpas por la acusación realizada contra su persona, bajo apercibimiento de sanción económica.

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