Sistema adversarial | Un Juez incorpora recursos tecnológicos para explicar una condena

En el marco del legajo S-050717/2022, un Tribunal Unipersonal del Colegio de Juezas y Jueces en lo penal del Centro Judicial Capital condenó a Diego Roberto Álvarez a la pena de cuatro años de prisión, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de homicidio simple cometido en exceso de legítima defensa de terceros. Para explicar los resultados a los que arribó en la sentencia y despejar las dudas que habían surgido durante el debate, el juez interviniente en la causa, Dr. Matías Graña, utilizó una presentación de PowerPoint en la cual aclaró la calificación legal y la ubicación del dolo en el análisis de la tipicidad subjetiva, distinguiéndola del análisis del aspecto subjetivo de la antijuridicidad.
El hecho ocurrido el 23 de julio del pasado año, en el que murió Miguel Alejandro Jiménez fue juzgado durante seis jornadas por el Tribunal. En el debate oral y público, el magistrado escuchó los testimonios y la presentación de las pruebas recabadas. Al analizarlas, resolvió que en el caso quedó probado que el imputado –encontrándose en su automóvil– se dio cuenta que el Sr. Jiménez, quien lo había amenazado minutos antes, se dirigía a su domicilio munido de un palo, con intención de atacar a miembros de la familia Álvarez. Ante esta situación, para detenerlo y proteger a las personas que estaban en la casa, lo embistió con el vehículo, causándole numerosas lesiones que le produjeron una muerte inmediata.
Ante estas circunstancias de hecho, las partes discutieron si en la calificación legal del caso se había configurado una acción dolosa o, por el contrario, se trataba de un homicidio cometido en legítima defensa o, como fue declarado, hubo un exceso en el ejercicio de esta. En ese contexto, el magistrado apeló a los recursos técnicos que le permitieron clarificar la resolución
Por último, el juez consideró que en este caso era sumamente importante dictar la resolución de forma íntegramente oral, ya que esta posibilidad que ofrece el nuevo código procesal resulta una herramienta útil y eficaz para permitir un acceso real y efectivo al sistema de administración de justicia no solo a las partes involucradas en la causa sino a la ciudadanía en general. “Esto es así porque el juez no solo da la solución al caso mediante la resolutiva sino que también expone las razones que lo motivaron a decidir como lo hizo. Y, avanzando un poco más, también conlleva a usar un lenguaje que sin dejar de lado los argumentos técnico-jurídicos, permite que la decisión sea comprendida por la sociedad en general”.