CAPACITACIONES

Ángeles Baliero disertó sobre nuevos paradigmas y el modelo social de discapacidad

Con un exhaustivo repaso sobre los principios para la protección de los enfermos mentales y los paradigmas actuales en torno a la discapacidad, la Dra. Ángeles Baliero de Burundarena encabezó ayer una nueva jornada del Centro de Especialización y Capacitación de la Corte Suprema de Justicia -a cargo de la Vocal de la Corte, Dra. Claudia Sbdar-. Especialista en la materia, Baliero trazó un mapa histórico-conceptual sobre legislación en salud mental, en el que destacó y comparó distintos paradigmas que se sucedieron desde la segunda guerra mundial hasta alcanzar los preceptos más actuales y vigentes en nuestro país.

En una exposición centrada en la profundización sobre los principios presentes en nuestra Ley de Salud Mental, Baliero aprovechó para reconstruir los hitos más profundos y los cambios sustanciales en el concepto de la capacidad jurídica en enfermos mentales. Según explicó, promediado el siglo XX hubo una evolución que se vio reflejada en distintos tratados internacionales, como la Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad -entre otros-; todos ellos con un propósito: promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de los enfermos mentales. En este camino -añadió-, la legislación italiana desempeñó un rol fundamental. “Fueron los italianos los que encararon una reforma increíble, proponiendo que los enfermos mentales puedan volver a vivir con sus familias, con lo que instalaron la figura del apoyo al enfermo, innovadora porque el apoyo asiste, pero no sustituye la voluntad de la persona”, explicó.

En este sentido, en las sociedades europea y norteamericana se produjo un viraje en cuanto a la capacidad jurídica de los enfermos mentales: se pasó del modelo se sustitución en la toma de decisiones al modelo social de la discapacidad. “Este paradigma -explicó Baliero- plantea que una persona puede nacer con una disminución física, pero que es el entorno el que la convierte en una persona con discapacidad, toda vez que las ciudades les imponen barreras”. Desde esta mirada, dijo, hay un reconocimiento a la voluntad de los enfermos mentales, y se propone que esta no debe ser sustituida.

A partir de allí, la especialista focalizó en los principios rectores del Código Civil y Comercial de la Nación, herederos de estos paradigmas, aunque con algunas diferencias que fueron ejemplificadas durante toda la exposición, en un intercambio entre conceptos teóricos, marco legal y análisis de casos. Entre ellos, mencionó y se explayó sobre el respeto a la dignidad inherente, autonomía individual, igualdad de oportunidades y no discriminación.

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