Perspectiva de género | El Juzgado de Documentos y Locaciones de Monteros impide el desalojo de una mujer que estaba siendo hostigada por su ex pareja

En el marco de un juicio por desalojo, íntegramente sustanciado por el sistema de audiencias, la Dra. María Gabriela Rodríguez Dusing –titular del Juzgado de Documentos y Locaciones, única nominación, del Centro Judicial Monteros– rechazó el desalojo de una mujer que estaba siendo hostigada por su ex pareja y la hermana de éste. La sentencia se dictó en forma oral, aplicando las facultades que el Nuevo Código Procesal Civil le confiere a este tipo de procesos, aplicando también la perspectiva de género que el caso ameritaba.
El pedido de desalojo había sido presentado por una mujer contra la ex pareja de su hermano, con el fin de que la demandada le entregara una vivienda que había sido habitada por su hermano y su ex pareja durante el tiempo en que se había mantenido la relación entre ambos. Ante esta solicitud, la magistrada consideró que era necesario tener en cuenta el contexto de los sujetos involucrados y de la biografía familiar, “pues es determinante en el análisis de las relaciones genéricas que la conforman que nos ofrecerán elementos de juicio para comprender cabalmente el conflicto y desentrañar situaciones de violencia”. En ese sentido, el fallo destaca que juzgar con perspectiva de género supone un esfuerzo intelectual por comprender la complejidad social, cultural y política que existe entre mujeres y hombres y que permite visualizar las situaciones de opresión de un género sobre otro, basadas en una relación de desigualdad.
En ese contexto, la resolución dictada tuvo en cuenta la existencia de otros procesos entre la demandada y su ex pareja, que develaron la existencia no solo de violencia física (prohibiciones de acercamiento ) sino también de violencia económica ejercida en forma sostenida hacia ella, por el padre de su hijo con la complicidad de su grupo familiar (se constató la existencia de un proceso de divorcio en el cual pretendía quedarse con la vivienda y un juicio de disolución de sociedad conyugal con la misma intención).
Al resolver, la Dra. Rodríguez Dusing consideró que “incorporar la perspectiva de género en la función judicial implica hacer realidad el derecho a la igualdad, respondiendo a la obligación constitucional y convencional de combatir la discriminación”. Y con tal premisa concluyó que el proceso fue una nueva maniobra de la ex pareja de la demandada en pos de “reeditar la cuestión patrimonial no resuelta en el fuero de familia”, motivo por el cual el desalojo fue rechazado.