Cámara Penal Conclusional | La Sala I dicta condenas en distintas causas

Este martes, en el marco del Expte. N° 36418/2015, la Cámara Penal Conclusional Sala I condenó a Pablo Maximiliano Lescano a la pena de 30 (treinta) años de prisión por ser coautor del delito de Homicidio en ocasión de robo, cometido en perjuicio de Julio Nahuel Brito (Art. 165 del Codigo Penal -CP); y autor responsable de los delitos de robo agravado (Art. 166, Inc. 2° CP) en perjuicio de Paulina Rita Romano Luna, Horacio Jesús Romano, y Nélida Delicia Luna; como así también de Homicidio en ocasión de robo, en perjuicio de Julio Alberto Almirón. (Art. 165, 45, 40 y 41 del CP), todo ello en concurso real (Art. 55 CP). Asimismo, condenó a Mauricio Matías Romero a la pena de quince (15) años de prisión por ser coautor del delito de Homicidio en ocasión de robo, en perjuicio de Julio Nahuel Brito (art. 165 CP).
El Tribunal estuvo integrado por las Dras. María Fernanda Bahler (Presidenta) y Wendy Adela Kassar, y por el Dr. Raúl Armando Cardozo. En tanto, la secretaría estuvo a cargo de la Prosecretaria Verónica Perondi. Intervino además la Fiscalía de Cámara Conclusional I, representada por la Dra. Marta Ignacia Jerez.
Por último, se dispuso la prisión preventiva sobre ambos condenados por el término de seis meses o hasta tanto quede firme la presente sentencia, lo que ocurra primero.
La lectura de los fundamentos será el próximo 26 de octubre a las 12:00 hs.
Homicidio en ocasión de robo
En la causa “Orellana, David Exequiel S/Homicidio”, Expediente N° 26649/2019, la Sala integrada por la Dra. María Fernanda Bahler como Jueza Unipersonal condenó a David Exequiel Orellana a la pena de diecisiete (17) años de prisión por ser autor material y responsable del delito de Homicidio en ocasión de robo (Art. 165 CP), cometido en perjuicio de Marcelo Exequiel Figueroa, en concurso real (Art. 55 CP) con el delito de homicidio simple (Art. 79 CP) en perjuicio de Miguel Luis Díaz.
La causa se resolvió mediante el procedimiento de juicio abreviado, ya que el acusado reconoció la autoría de los hechos alegados. En este sentido, la Vocal interviniente hizo lugar al acuerdo presentado por el Ministerio Público Fiscal y la Defensa del imputado. La secretaría estuvo a cargo de la Prosecretaria Solana Alfaro y los hechos por lo que fue condenado Orellana ocurrieron el 2 de noviembre del 2014 y el 22 de abril de 2019, respectivamente.
Robo agravado por el uso de armas
En tanto, dentro de la causa “Salcedo, Sebastián y otros s/Robo agravado con armas”, Expediente N° 47123/2020, la Dra. Wendy Adela Kassar como Jueza Unipersonal de la Sala I condenó a Sebastián Salcedo a la pena de cinco años de prisión, por ser autor material, voluntario y responsable de los delitos de robo simple (Art. 164 del CP); robo agravado por el uso de arma cuya aptitud para el disparo no pudiera tenerse de ningún modo por acreditada (Art. 166, último párrafo del CP); robo agravado en grado de tentativa (Art. 166, inciso 2 y Art. 42 del CP), y amenazas calificadas (Art. 149 bis, segundo supuesto del CP), todo ello en concurso real (Art. 55 del CP).
El procedimiento utilizado para la causa fue el juicio abreviado, ya que el acusado reconoció la autoría de los hechos por los que fue acusado. En este sentido, la Vocal interviniente hizo lugar al acuerdo presentado por el Ministerio Público Fiscal y la Defensa del imputado. La secretaría a cargo de la Secretaria Amelia Monclá,
Lesiones y amenazas agravadas
Por último, en el marco del expediente N° 6387/2019, la Cámara Penal Conclusional Sala I integrada por la Dra. María Fernanda Bahler - Jueza unipersonal- condenó a Miguel Ángel Mateo Soraire a la pena de dos años y seis meses de prisión, de ejecución condicional, por considerarlo autor voluntario y responsable de los delitos de lesiones leves agradas por el vínculo (Arts. 89 y 92 en relación al Art. 80 del CP) y amenazas agravadas por el uso de armas (Art. 149 bis, primer párrafo, segundo supuesto CP), en concurso real (art. 55 CP).
La causa fue resuelta mediante un juicio abreviado, ya que el acusado reconoció la autoría del hecho. La Dra. Bahler hizo lugar al acuerdo presentado por el Ministerio Público Fiscal y la Defensa del imputado; en tanto la Secretaría estuvo a cargo de la Prosecretaria Verónica Perondi.
Asimismo, se ordenó que el imputado reciba asistencia psicológica para el tratamiento de la ira y el pago de la suma de dieciocho mil pesos ($18.000), en favor de la víctima.