Sala I Conclusional | Dictaron condenas en dos juicios abreviados

Homicidio simple y Lesiones graves agravadas
En el marco del Expte. N° 41569/2020, la Cámara Penal Conclusional Sala 1 condenó a Fátima Flores Lucena a la pena de dieciocho (18) años de prisión, por considerarla autora material, voluntaria y responsable del delito de homicidio (art. 79 del Código Penal - CP). Asimismo, condenó a Roque Fabián Aguirre a la pena de seis (6) años de prisión por considerarlo responsable del delito lesiones graves agravadas por el vínculo y abandono de persona agravado, en concurso real (art. 90, en función de Art. 92 y del Art. 80 inc. 1, Art. 106, 1º y 3º párrafos y art. 55 CP), por el hecho ocurrido el día 02 de julio de 2020 en perjuicio de E.Y.A (persona menor de edad).
La causa se resolvió mediante el procedimiento de juicio abreviado, ya que los condenados reconocieron la autoría del hecho. El Tribunal interviniente estuvo integrado por las Dras. María Fernanda Bahler (Presidenta) y Wendy Adela Kassar, y por el Dr. Fabián Adolfo Fradejas; en tanto, la Secretaría estuvo a cargo de las Prosecretarias Solana Alfaro y Verónica Perondi.
Abuso sexual agravado
En el marco del Expte. N° 7402/2019, la Cámara Penal Conclusional Sala 1, integrada por la Dra. Wendy Adela Kassar como Jueza Unipersonal, condenó a CEZ a la pena de ocho años y seis meses de prisión por el delito de delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y convivencia con un menor de edad, previsto y penado por el Artículo 119 tercer párrafo, en concordancia con el cuarto párrafo (apartados b y f) del Código Penal (CP), por el hecho denunciado el 31/01/2019.
La causa se resolvió mediante el procedimiento de juicio abreviado, ya que el condenado reconoció su autoría. La Vocal interviniente hizo lugar al acuerdo presentado por el Ministerio Público Fiscal y la Defensa del acusado. La Secretaría estuvo a cargo de la Prosecretaria Verónica Perondi.
Asimismo, se dispuso una medida de restricción de acercamiento de 300 metros en contra de los familiares del condenado y en beneficio de la víctima menor de edad, su hermano y su madre.
Además, se ordenó que el condenado realice tratamiento psicológico, asistido por un/a profesional del sector público especializado en personas que cometen delitos de índole sexual, el que deberá prolongarse durante el tiempo en que este considere necesario.