INSTITUCIONAL

El servicio de Justicia continuará prestándose en plenitud exclusivamente de manera remota y sin suspensión de los plazos procesales

Por Acordada N°745/20 de este lunes 24 de agosto, la Corte Suprema de Justicia dispone que, desde el 25/08/20 hasta el 6/9/20, la prestación del servicio de justicia continuará en su plenitud en todo el Poder Judicial de Tucumán, y se realizará exclusivamente de manera remota y sin suspensión de plazos procesales. La medida considera la situación actual por la que atraviesa la Provincia con respecto a la circulación viral comunitaria del COVID-19 en todo el territorio. Es de destacar que desde el retorno a la actividad presencial ordenada por Acordada Nº288/20, la Corte viene realizando un permanente control y seguimiento diario, tomando todas las medidas de prevención y contención necesarias, a fin de preservar tanto el debido servicio de justicia como la salud del personal judicial y de los profesionales y partes. Por ello, en aras de prevenir futuros casos resulta conveniente disponer que la modalidad de trabajo en el Poder Judicial de Tucumán sea exclusivamente de forma remota hasta el 06/9/2020.

Durante ese período los plazos procesales de todas las causas en trámite continuarán abiertos y las/os magistradas/os habrán de disponer su suspensión en aquellas causas en las que consideren que la tramitación pudiere afectar derechos de las partes; asimismo, cuando fuere solicitada por alguna de las partes, por el Ministerio Público Fiscal o el Ministerio Pupilar y de la Defensa.

En caso de que las/os juezas/ces dispongan la realización de audiencias, deberán efectuarlas bajo la modalidad de audiencia remota, aprobada por Acordadas N°226/20 (art. 26) y N°342/20 (Anexo), a través de las salas virtuales (cuya organización se dispuso mediante Acordada N°532/20). También se deberá intensificar la utilización de la plataforma “Macronline” para las órdenes de pago, aprobada por Acordada N°228/20 y demás normativa concordante. Asimismo, se recuerda que se encuentra disponible el sistema de pagos del "Portal del SAE" (botón de pago) como único medio para abonar tasas y bonos de movilidad. 

Además, cuando sea necesario el retiro de expedientes por parte de los funcionarios de las unidades judiciales deberán comunicar tal situación a la Secretaría de Superintendencia, al correo oficial: superinte@justucuman.gov.ar o al celular: 3813998239.

Los/as Funcionarios/as de la Oficina de Oficiales de Justicia y de la Justicia de Paz que deban ejecutar en forma presencial las medidas ordenadas por los/as distintos/as Magistrados/as, en especial las del fuero de familia, deberán ser realizadas de acuerdo a un protocolo específico que a tal fin elaborarán el Cuerpo de Peritos Médicos y el Departamento de Higiene y Seguridad.

Para acceder al texto completo de la Acordada que ya se encuentra en la web del Poder Judicial, click aquí.

  • Anterior

    La Base de Jurisprudencia del Poder Judicial se en...